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DECLARACIÓN  DE RECHAZO ANTE  LA AGRESIÓN AL PATRIMONIO CULTURAL

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Desde el Grupo Español del IIC queremos manifestar nuestro absoluto rechazo a la reciente agresión realizada sobre un bien cultural perteneciente a las colecciones del patrimonio español.

 

Es necesario aclarar que una agresión al patrimonio artístico no es una cuestión de opinión. Es un delito tipificado en el código penal y no implica un derecho a manifestarse. Cualquier bien cultural se encuentra protegido legalmente de agresiones producidas de manera intencionada. El recurso de querer captar la atención de los medios y de la sociedad infringiendo un daño a un bien artístico, no es una acción inocente.

 

Y es aún más importante informar de que cualquier material arrojado sobre una obra de arte supone de manera directa un daño sobre la misma. No hay productos inofensivos. Los materiales que componen una obra de arte son sensibles a diversas sustancias, dependiendo de su naturaleza, y elementos tan aparentemente inocuos como el agua, pueden ocasionar la destrucción total de algunos  materiales empleados como soporte o como medio en los bienes artísticos, o bien provocar daños estructurales muy graves. Toda materia ajena a la obra original incorporada a la  misma de manera no controlada va a suponer siempre un factor de alteración.

 

Ante la intención de realizar una agresión sobre un bien cultural, es necesario dar a conocer que esta acción puede derivar en un daño irrecuperable. Nadie puede respaldarse en el uso de materiales biodegradables. Un material biodegradable, es aquel que puede volver a incorporarse a la naturaleza sin causar un daño o contaminación en el medio natural. Pero una obra de arte no es un medio natural, y sus componentes pueden verse seriamente dañados por una materia que nunca ha formado parte de su composición y que puede ser un serio agente de deterioro.

 

Cuando se ejerce una acción violenta sobre una obra de arte, esta acción va a tener un alcance desconocido por el agresor. No se trata solamente de las consecuencias inmediatas que se puedan producir, y que puedan ser más o menos amortiguadas por una actuación de emergencia llevada a cabo por conservadores-restauradores. Si alguien agrede un bien cultural, está ejerciendo un daño potencial, y ese daño no es cuantificable. Nadie puede saber si la materia vertida sobre la obra original puede llegar a producir la total destrucción de la misma o un daño irreversible, con lo cual ese daño, potencialmente, es siempre posible, y es por tanto necesario considerar que la intención del agresor es la de la destrucción del bien artístico. No es “tirar un poco de pintura”.

 

La agresión y el intento de destrucción de un bien artístico o cultural nunca puede ser el medio para una reivindicación, porque ninguna reivindicación puede sustentarse en el borrado del conocimiento. Si podemos poner en cuestión la historia, es porque conocemos la historia, y las obras de arte han sido siempre un  medio para narrar y hacer visibles los acontecimientos o ideas que nos han ido definiendo como sociedad, en lo bueno y en lo malo. Renunciar a la historia es renunciar a la identidad pero es también renunciar a nuestro derecho a conocer. La destrucción del patrimonio es una censura, es un acto dictatorial que no puede ser tolerado ni respaldado en una sociedad democrática. 


Y no hay que olvidar que el patrimonio cultural nos pertenece a todos. A los que piensan como uno mismo y a los que no. En muchos momentos de la historia de nuestro país, ha sido necesario defenderlo, protegerlo  y velar por su conservación para que nuestra memoria no muera, porque siempre lo hemos considerado algo importante, algo que necesitamos. La conservación del patrimonio no está reñida con la inversión en otros derechos sociales. Es un derecho más al que nunca debemos renunciar y del que nadie nos debe hacer creer que no es importante. Porque una sociedad bien educada es una sociedad sana y una sociedad que cuida su patrimonio. 
Madrid, 16  de octubre de 2025