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PATROCINIO Y MECENAZGO

¿QUIERE COLABORAR CON LAS ACTIVIDADES DEL GEIIC?

Además de la opción de asociarse y colaborar de forma regular con el GEIIC la actividad de la asociación está abierta a otras formas de mecenazgo y colaboración.  

El GEIIC es una entidad sin ánimo de lucro que tiene por objeto:

  • Potenciar el intercambio de la información técnica y profesional entre sus socios, entre profesionales y con cualquier persona que esté interesada en la conservación del patrimonio histórico y artístico.
  • Editar publicaciones, realizar exposiciones y organizar congresos, conferencias y reuniones en el campo de la conservación del patrimonio histórico y artístico.
  • Cooperar con todos aquellos profesionales de la conservación y cualesquiera otras personas que lo soliciten, tanto Instituciones, como empresas y particulares.

La cuota de aportación estará acogida Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Por lo tanto, será considerada una donación y será destinada íntegramente a financiar las actividades objeto de los objetivos sociales de la asociación. En ningún momento serán utilizadas para generar lucro o beneficio económico.

La colaboración se oficiará por medio de un contrato  de colaboración y la aportación económica tendrá la consideración de donativo, emitiendo el GEIIC el correspondiente documento de donación, además del contrato (puede ver un ejemplo a modo borrador pulsando AQUÍ).

Con el fin de visualizar su colaboración el GEIIC pone a disposición en su web la posibilidad de colocar un banner o cartel digital durante el periodo que dure la colaboración. En dichos elementos se indicará explícitamente ‘entidad colaboradora con el GEIIC. El siguiente cuadro recoge las características del banner en función de la cuantía de la colaboración:

DESCARGUE EL DOCUMENTO CON LAS OPCIONES DE MECENAZGO

DESCARGUE AQUÍ EL DOSSIER SOBRE EL GEIIC